Compensación del IVA de un grupo de empresas

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Si usted cuenta con un grupo de empresas puede compensar las declaraciones de IVA de todas ellas. Compensar los saldos positivos y negativos de IVA de sus diferentes empresas, le permitirá conseguir importantes ahorros financieros. Además, podrá escoger qué empresas se cogen al régimen , aunque la matriz quedará siempre incluida.

En el momento de declarar el IVA siempre ocurre que por aquellas empresas cuyas declaraciones presentan saldo positivo se ve obligado a pagar de inmediato, sin embargo las que presentan saldo negativo no recibe inmediatamente la devolución, sino que ha de compensar dicho saldo en las futuras declaraciones o bien, al final del año, solicitar la devolución (con lo que lo obtendría en junio del siguiente año).

Debe saber que existe un régimen especial de “Grupo de Entidades” en IVA, con el que podrá compensar los saldos positivos y negativos de todas sus empresas.

Al declarar el IVA en régimen de grupo el desembolso mensual es muy inferior. Y aunque una vez obtenida la devolución de las sociedades que tienen un saldo negativo los desembolsos acaban siendo los mismos, el sistema de grupo le supone un ahorro financiero importante, al disponer del dinero desde un principio.

El grupo a efectos de IVA será independiente del grupo a efectos del Impuesto sobre Sociedades. De este modo podrán acogerse la sociedad matriz y las filiales en las que cuente con al menos una participación directa o indirecta del 50%, sin que sea obligatorio que todas las sociedades dependientes opten a régimen. Aparte de la dominante, que sí debe acogerse, es usted quien elige qué empresas se acogen y cuáles no.

La opción por la aplicación de este régimen, que tendrá una validez mínima de tres años, deberá acordarla el órgano de administración, y comunicarse a Hacienda durante el mes anterior al año que se quiera aplicar.

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