El pago de deudas ejecutivas por teléfono
A partir del 1 de diciembre de este año, las personas físicas podrán pagar las deudas en procedimiento de ejecución (multas de tráfico, embargos, apremios, etc.) por teléfono.
El tope máximo admitido para estos pagos será de 18.000 euros, lo que supone que podrán acogerse a este sistema el 91 por ciento de los deudores, que representan el 11 por ciento de la deuda total.
La deuda media pagada por este sistema se espera que sea de entre 300 y 350 euros por contribuyente que llame al Centro de Atención Telefónica (CAT), al número 901 200 345. El número de contribuyentes, personas físicas, que podrán beneficiarse de este servicio asciende a 750.000, por lo que la AEAT está estudiando la posibilidad de que se pueda emplear el sistema para la próxima campaña del IRPF.
Sin tarjeta de crédito
Para efectuar el pago, el contribuyente deberá llamar al teléfono del CAT y facilitar el número de referencia del requerimiento enviado por la AEAT y el número de la cuenta corriente de la que se es titular y, a continuación, se procederá al cobro automático por el funcionario. No se podrán utilizar tarjetas de crédito, sino que será necesaria una cuenta corriente.
Una vez efectuado el pago, el contribuyente recibirá un SMS con una referencia que permitirá conseguir el justificante del pago en el web de la Agencia Tributaria,
