Renegociación de deudas fuera del juzgado
Ha sido aprobado por el Congreso de los Diputados la reforma de la Ley Concursal, que impulsará las refinanciaciones de deuda de empresas para evitar que entren en concurso de acreedores y obligará al nuevo Gobierno a plantear soluciones extrajudiciales para resolver la insolvencia de familias.
Según la reforma de la Ley Concursal los acuerdos de renegociación pactados por una sociedad con la mayoría de sus acreedores podrán imponerse al resto, siempre que hayan recibido el apoyo del 60 % de las deudas y vengan respaldados por el informe favorable de un experto independiente.
Así se evitan las minorías de bloqueo que han llevado a que muchas sociedades no puedan refinanciar sus deudas y tengan que acogerse al concurso de acreedores, un proceso judicial similar a la antigua suspensión de pagos que, en el 95%, termina de los casos en la liquidación de la empresa.
Esta nueva Ley Concursal favorecerá la aportación de liquidez a empresas en dificultades con el objetivo de frenar esos procesos de insolvencia.
Para paliar la decisión del Ministerio de Justicia de no mejorar los concursos de particulares, los grupos parlamentarios han introducido una disposición adicional en la Ley Concursal por la que el Ejecutivo tendrá un período de seis meses para presentar un informe con medidas que completen “la protección económica y social de consumidores y familias”.
De este modo, se deberán proponer soluciones extrajudiciales que favorezcan, a través de mediadores o de pactos notariales, la renegociación de deudas de las familias, que casi nunca consiguen acordar un plan de pagos con sus acreedores cuando entran en concurso.
La reforma de la Ley Concursal no incorpora finalmente la mayoría de cambios que pactaron en el Senado PP y CiU, entre los cuales destacaban la creación inmediata de un proceso para que los particulares pudieran liquidar su patrimonio y pagar a los acreedores bajo supervisión de un notario.
El PSOE aceptó las enmiendas del PP y CiU para que se siga obligando a los administradores concursales (los que gestionan los concursos de acreedores) a contar con formación en esa materia y a tener al menos cinco años de experiencia en el ejercicio de la profesión.
Sin embargo, los concursos serán gestionados por un único administrador nombrado judicialmente, como por ejemplo, una sociedad profesional, en vez de los tres actuales.
La composición de la administración concursal ha sido uno de los aspectos más polémicos en la tramitación parlamentaria de la nueva Ley Concursal, ya que el PP considera que la regulación dada favorece a las grandes sociedades de auditoría, mientras que el PSOE defiende que es la mejor manera de abaratar los costes del proceso.
Según el INE, un total de 5.750 empresas y particulares se acogieron en 2010 al concurso de acreedores, una cifra que se podría superar en 2011, ya que en la primera mitad del ejercicio se han registrado 3.574 procesos.
Fuente: EFE


